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Entradas

Caso repaso legítima UBA 2020

El sr. Garcia era propietario de un campo de 110 has. heredado de su padre. Su familia está compuesta por su madre, su esposa, y tres hijos, de los cuales dos viven y uno falleció en 2008, dejándole dos nietos Y y Z. 

En 2007 Garcia donó 10 has. a una cooperativa del lugar.
 En 2009 hizo donación de 20 has. a su nieto Y.
 En 2010 Garcia hizo testamento legando 20 has. a su nieto Z., y 10 has. a su mayordomo.
En 2016 Garcia muere; en su patrimonio quedan 80 has., con un valor de $ 1.000 c/u y una deuda $ 10.000 por compra de alambrados.

 1) Determinar la porción legítima y la porción disponible en la suc. de Garcia.
 2) Establecer las colaciones y reducciones que correspondan.
 3) Establecer las porciones hereditarias, determinando cuánto recibe cada heredero en la partición.
Entradas recientes

Caso repaso legítima UBA primer cuatrimestre 2020

El sr. Váldez, viudo, era propietario de un campo de 70 has. Tenía tres hijos: A, B, y C; viven los dos primeros y el último C. falleció en 2010 dejando viuda y dos hijos menores M y S.
 En 2011 Váldez realizó una donación de 10 has. a una cooperativa del lugar.
 En 2012 hizo donación de 15 has. a su nieto M. En 2015 hizo testamento legando por el mismo 15 has. a su nieto S. y 10.000 a su mayordomo y poco después murió.
 El acervo hereditario se compone de 45 has. (con un valor de 1.000 c/u), un depósito bancario de $ 15.000 y deudas por $ 10.000.

 1) Determinar la base de cálculo de la legítima, y establecer el monto de la PORCION LEGITIMA y de la PORCION DISPONIBLE.
 2) Establecer todas las colaciones y reducciones que correspondan.
 3) Establecer las porciones hereditarias y determinar cuánto recibe cada heredero en la partición.

Caso Legítima UBA 14 de julio de 2020

Caso “LOPEZ” El Sr. López estaba casado con Jorgelina. De esa unión nacieron tres hijos: A, B y C. En el año 2016 fallece B, dejando dos hijos R y T. La totalidad del patrimonio de López es propio.   Efectuó las siguientes liberalidades: en 2017 donó un terreno de $ 60.000 a su amigo Juan. En 2018 donó $ 30.000 a su nieto R, estableciendo en la escritura de dicho acto, una cláusula de dispensa de colación. En 2019 donó un auto de $ 50.000 a su hijo C. En 2020 mediante un testamento legó $ 40.000 a su nieto T, estableciendo expresamente su preferencia en el pago del mismo; y legó $ 20.000 a su vecino. En 2022 López fallece. El patrimonio a esa fecha está compuesto por un inmueble de $ 300.000, un depósito bancario de $ 70.000 y deudas por $ 150.000. (La totalidad de las donaciones efectuadas son susceptibles de ser reducidas y colacionadas, afectando por igual a la totalidad de los herederos).   Tarea: a) Indique  la Porción Legítima  y la  Porción Disponible. b) Indique  las p

Caso Colación para el viernes 3 de julio de 2020 UBA

El Sr. Julián Juárez murió en Mayo  de 2016, lo sobreviven tres de sus hijos: Edgardo, Orlando y Pablo, su nieto Federico (hijo de su hija Carolina fallecida en  Agosto 2015) y su nuera Susana, viuda de su hijo Luis muerto en 2007. En vida Julián Juárez había efectuado las siguientes disposiciones: En el 2008 , distribuyó bienes por valor $ 40.000 dándole $ 10.000 a  Edgardo, $10.000 a Orlando y $10.000 a Pablo,  y $ 10.000 a la nuera Susana. En 2014 donó $ 10.000 a su hija Carolina, y simultáneamente $ 10.000 a su nieto Federico. En enero de 2016 donó a Pablo un terreno valor $ 10.000, manifestando en la escritura de donación su expresa voluntad de mejorarlo y de dispensarlo de colacionar. Al morir, Julián Juárez deja bienes por valor $ 60.000 Tareas; 1.- Determine quienes heredan a Julián Juárez y cuánto le corresponde a cada uno. 2.- Practicadas las colaciones que corresponden ¿qué van a recibir y/o con que se van a quedar cada uno de sus herederos?

Caso UBA 19 de junio 2020

Cesión de derechos hereditarios Cesión de derechos hereditarios. Indicar las respuestas correctas: 1) Con la cesión de derechos hereditarios el cesionario adquiere: a.- Un conjunto de bienes determinados b.- La totalidad o la parte alícuota del acervo hereditario c.- Una universalidad de derechos d.- otra 2) Convencionalmente el cedente puede eximirse de la garantía de evicción: a.- Transfiriendo los derechos de un tercero como dudosos o contradichos b.- Otorgándole al cesionario la facultad de sustituir los bienes que él hubiere recibido c.- otra 3) Una vez realizada la cesión, el cesionario: a.- Ocupa el lugar del heredero teniendo los mismos derechos u obligaciones que éste en relación a los coherederos b.- Ocupa el lugar del heredero si cuenta con la aceptación de los demás expresada en instrumento público c.- Es un tercero ajeno a las relaciones entre los coherederos d.- otra 4) Indicar la verdad o falsedad de los siguientes enunciados: a.- Los frutos percibidos antes

Caso Liquidación para repaso UBA

Régimen de bienes del matrimonio Lucrecia y Andrés se casaron el 18 de noviembre 2012. El 30 de junio de 2020 Andrés descubre que su esposa tenía un romance de larga data con un compañero de oficina por lo que decide enfrentarla y ese mismo día Lucrecia deja el hogar conyugal para irse a vivir con su nueva pareja.  Meses después Andrés consulta un abogado e interpone demanda de divorcio la cual es notificada a Lucrecia el 30 de noviembre de 2020 y dictándose sentenciael 30 de junio de 2021. Bienes: (se indican valores actualizados) -Andrés tenía una quinta en pilar que le fuera legada por un tío. Al casarse con Lucrecia, se vendió ese bien cuyo valor ascendía a $50.000 para comprar un departamento en el barrio de Palermo por valor de $ 80.000, en donde los cónyuges vivieron hasta el 30/06/2020. (se dejó constancia en la escritura del origen de los $ 50.000). -Lucrecia tenía un departamento adquirido por ella en 2005, en el que vivió hasta su casamiento (valor del inmueble $

nuevo cronograma UBA al 19 de mayo de 2020

Miércoles 20/5 Calificación de Bienes del Matrimonio Caso N° 46. (Desde la k hasta el final) Viernes 22/5 Gestión de Bienes del Matrimonio. Caso N° 47. CASO: Susana y Carlos se casaron en 2015. A los 6 meses, Carlos   ganó la lotería y compró una casa. Tiempo después, la situación económica de la pareja empeoró y decidieron vender el inmueble a Juan y el 6/8/2016 firmaron boleto de compraventa. A los 60 días, el adquirente reclamó la escrituración del inmueble,   pero Susana se rehusó a firmar el instrumento público. En consecuencia, Juan demandó al matrimonio con el objeto de   obtener judicialmente la escrituración del bien. 1.     Analice la admisibilidad de la acción. Fundamente su respuesta. 2.     El asentimiento conyugal requerido (artículo 470 del CCyCN),   ¿torna al régimen en uno de gestión conjunta?¿Por qué? 3.     Finalmente Susana se niega a escriturar. ¿Qué opción tiene   Juan para poder llevar adelante la escrituración del inmueble? 4.     Si